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CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD DE BIENES. (PAGINA ANTERIOR)

1. Uso y disfrute: cada uno de sus miembros deberá utilizar los bienes de la comunidad de tal manera que el uso que de ellos no perjudique los intereses de los demás miembros, ni impida al resto utilizarlos igualmente. Es inevitable que como consecuencia del uso, se deriven problemas, puesto que puede ocurrir que uno de los comuneros lo use mas que otros de tal manera que hay que establecer unas normas establecidas por los propios comuneros, en tanto en cuanto el interés de la comunidad debe primar sobre los particulares de cada uno de sus miembros. cada uno de sus miembros deberá utilizar los bienes de la comunidad de tal manera que el uso que de ellos no perjudique los intereses de los demás miembros, ni impida al resto utilizarlos igualmente. Es inevitable que como consecuencia del uso, se deriven problemas, puesto que puede ocurrir que uno de los comuneros lo use mas que otros de tal manera que hay que establecer unas normas establecidas por los propios comuneros, en tanto en cuanto el interés de la comunidad debe primar sobre los particulares de cada uno de sus miembros.
2. Administración de los bienes: A la hora de establecer las reglas sobre el uso de las cosas en común, es obligatorio que los acuerdos que se alcancen sea por el sistema de mayorías. La mayoría no es de personas sino que se realiza sobre la base de los intereses de la comunidad. No es valido que un comunero tome por si decisiones que le parezcan oportunas sino que es necesario contar con el resto de los miembros para realizar las modificaciones o aspectos relativos a las posibles alteraciones que se puedan producir sobre estos bienes A la hora de establecer las reglas sobre el uso de las cosas en común, es obligatorio que los acuerdos que se alcancen sea por el sistema de mayorías. La mayoría no es de personas sino que se realiza sobre la base de los intereses de la comunidad. No es valido que un comunero tome por si decisiones que le parezcan oportunas sino que es necesario contar con el resto de los miembros para realizar las modificaciones o aspectos relativos a las posibles alteraciones que se puedan producir sobre estos bienes
3. Conservación: Toda conservación supone una serie de gastos y los integrantes de la comunidad han de contribuir al mantenimiento de las instalaciones o de bienes propiedad de la comunidad. Si uno de los miembros decide no contribuir con el sostenimiento y conservación de los mismos, quedará excluido de su obligación debiendo el resto de los comuneros contribuir con una cuantía mayor porque los demás comuneros serán los beneficiarios de los derechos de use y disfrute del comunero renunciante. Toda conservación supone una serie de gastos y los integrantes de la comunidad han de contribuir al mantenimiento de las instalaciones o de bienes propiedad de la comunidad. Si uno de los miembros decide no contribuir con el sostenimiento y conservación de los mismos, quedará excluido de su obligación debiendo el resto de los comuneros contribuir con una cuantía mayor porque los demás comuneros serán los beneficiarios de los derechos de use y disfrute del comunero renunciante.
4. Alteraciones en los bienes comunes: un miembro de la comunidad no puede hacer alteraciones en los bienes comunes a pesar de que sean ventajosas para el resto sin el consentimiento de todos los componentes de la comunidad. un miembro de la comunidad no puede hacer alteraciones en los bienes comunes a pesar de que sean ventajosas para el resto sin el consentimiento de todos los componentes de la comunidad.










 


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