Puede hacerse de diferentes
formas como son:
por división
a través de los mismos interesados
por vía judicial
Si existen acreedores sobre los bienes de la comunidad,
pueden intervenir en la división de la misma,
incluso pueden impugnarla cuando se cometa para conseguir
defraudar sus intereses. La división extingue
la situación de la comunidad y constituye un
derecho de propiedad exclusiva a favor de uno de los
comuneros sobre su parte o sobre el lote de bienes
que la compongan