El portal de los Administradores de Fincas, Comunidades de Vecinos y Servicios profesionales.
  CONTACTO   QUIENES SOMOS  PUBLICIDAD  INICIO  FAVORITOS   HOME
 
PUBLICIDAD
SECCIONES
Información útil
Contratos Tipo
Legislación
Presupuestos
Reportajes
Inmobiliaria
Tasaciones
Urgencias 24 horas
Ofertas de Empleo
Demandas de Empleo
Seguros Comunidades
Enlaces de interés
Teléfonos de interés
Foro de opinión
Correo Web
Callejero de España
Previsión del Tiempo
Directorio de Empresas
Encuestas
Anúnciese Gratis
Libro recomendado Comunidades de Vecinos
Ampliar Publicidad
ADMINISTRADORES
usuario
contraseña
ANUNCIANTES
usuario
contraseña
LEGÍTIMA. (PAGINA ANTERIOR)

Es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Son legitimarios en el derecho español: los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de hijos y descendientes, son legitimarios los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. Y el cónyuge viudo, cuya legítima es siempre en usufructo y varía por está condicionada a los legitimarios con quienes concurra.

Si son descendiente muere antes de heredar convierte en legitimarios a sus descendientes más próximos en grado al causante, éstos reciben todo lo que el fallecido hubiera debido recibir como legítima. La exclusión de la herencia por indignidad o desheredación hace que los descendientes del indigno o desheredado adquieran la condición de legitimarios. Por el contrario si el descendiente con derecho a la legítima la repudia, sus descendientes no se convierten en legitimarios de la parte repudiada.

Al igual que ocurre con la posición jurídica de los hijos y descendientes (en primer lugar los hijos, después los nietos, a continuación los bisnietos, etc), también en los ascendientes hay exclusión del grado más remoto al más próximo, así el padre excluye al abuelo, el abuelo al bisabuelo, etc.

Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del causante, deduciendo las deudas y cargas hereditarias, de donde obtendremos el "relictum", al que habrá que sumar el importe de las donaciones colacionables que son aquellas donaciones a título gratuito que el causante ha realizado en vida a un heredero forzoso cuando además de éste concurren otros a la herencia.

La legítima de hijos y descendientes es de dos tercios, de los cuales uno de ellos puede dedicarse por el causante a mejorarlos, de esta manera la legítima larga es de dos tercios, y la estricta de un tercio cuando el otro tercio se ha destinado a mejorar a uno de los hijos o descendientes.

La legítima de los padres o ascendientes es la mitad del haber hereditario.

Respecto a la legítima del cónyuge viudo, es presupuesto imprescindible del derecho de legítima de éste, la existencia de un matrimonio con el causante de la herencia, que dicho matrimonio sea vigente en el momento del fallecimiento, ya asimismo que los cónyuges no estuviesen separados, y si lo estuvieran, fuese por culpa del premuerto.

La cuantía de la legítima del cónyuge viudo es variable, depende de quienes sean los que concurran con él a la herencia. Si concurre con hijos y descendientes comunes tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora. Si concurre solo con ascendientes tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

 





Quiénes Somos - Publicidad - Política de Privacidad - Datos Legales - Condiciones Generales
Fontaneros Carpinteros Rótulos y luminosos Fumistas Cubiertas y tejados Conserjes Albañilería Antenistas Ingenieros y peritos Presupuestos Reformas Puertas de garaje Suministros de limpieza Cristaleros Alfombras y moquetas Desatrancos Mudanzas Contadores Canalones Extintores Comunidades de Vecinos Pararrayos Abogados Fumigación Jardinería Reparaciones ITE Inspección Técnica de Edificios Alarmas Arquitectos Antenas Inmobiliaria Cerrajeros Suelos y pavimentos Seguros Comunidades Ebanistas Puertas de seguridad Rehabilitación de edificios Ferretería Combustibles Persianas Servicios integrales Buzones Barniz Limpieza Calefacción Piscinas Calderas Constructoras Urgencias 24 horas Cerrajería Reformas Desinfección, desratización Sistemas de seguridad Directorio de Empresas Electricistas Mármoles y granitos Fachadas Ascensores Pintores Mobiliario y equipamiento Parquetistas Puertas Seguros Comunidades Vecinos Aire acondicionado Toldos Videoporteros Poceros Energía solar Depósitos y tanques Cerramientos y ventanas Foro Vecinos Porteros automáticos Administradores de fincas
Optimizado para resolución mínima de 800x600 - Admicove.com © Copyright Admicove S.L. 2004
Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial salvo consentimiento expreso.