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OBRAS DE MEJORA. ABONO POR ARRENDADOR. (PAGINA ANTERIOR)

CUESTIÓN:

Estoy alquilado desde hace 5 años en una casa que tiene múltiples grietas y desperfectos en el suelo, me gustaría saber si está obligado el propietario a su reparación.

CONTESTACIÓN:

Con respecto a las obras a que Ud. hace referencia, entendemos que al tratarse de "obras necesarias" (aquellas por el transcurso del tiempo o por el desgaste natural de la vivienda, sean indispensables para conservar la vivienda, pudiendo así servir para el uso a que ha sido destinada), será el arrendador el obligado a realizarlas, sin que por ello tenga derecho a elevar la renta pactada.
Pero en todo caso, el arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones anteriormente citadas.
No obstante, en todo momento y previa comunicación al arrendador, podrá realizar el arrendatario aquellas obras que por su naturaleza sean urgentes para evitar con ello un daño inminente o una incomodidad grave y exigir de inmediato su importe al arrendador.
Ha de saber igualmente que si las obras de reparación durasen más de veinte días, el arrendatario tiene derecho a una disminución de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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