Cuestión:
¿Puedo vender
un bien ganancial sin el consentimiento de mi cónyuge?
Contestación:
No se puede
realizar venta alguna sin la autorización del
otro cónyuge y en caso de intento de dicha
venta el cónyuge que no da el consentimiento
puede pedir tanto él como sus herederos la
nulidad por omisión del consentimiento conyugal,
sin que la nulidad pueda ser solicitada por el causante
de la omisión