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CONFLICTO CUOTA LOCAL Y VIVIENDAS

 
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Autor Mensaje
torrellano
Principiante
Principiante


Registrado: 11 Ago 2010
Mensajes: 1

MensajePublicado: Jue Ago 19, 2010 4:59 pm    Asunto: CONFLICTO CUOTA LOCAL Y VIVIENDAS Responder citando

Hola

Tengo un local que esta bajo de un edificio, realmente ocupa todo el bajo del edificio. La construcción fue hace 40 años y no cuenta con ascensor. Yo no dispongo de llaves de la puerta de entrada a la escalera ni hago uso de la terraza.
El problema esta en que el contador de la luz y agua estan dentro de la escalera y los vecinos me exigen la misma cantidad que pagan ellos de cuota al mes.

Hay alguna normativa que explique como calcular la cuota a pagar segun el uso de los elementos comunes.

Gracias
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comunero
Experto
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Registrado: 31 Ene 2007
Mensajes: 2150

MensajePublicado: Jue Ago 19, 2010 10:10 pm    Asunto: Responder citando

Tienes que hacerte con una copia de las escrituras en el registro a ver que te dice.
_________________

La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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opalagata
Principiante
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Registrado: 16 Nov 2008
Mensajes: 29

MensajePublicado: Dom Oct 03, 2010 9:43 pm    Asunto: Sobre cuota. Responder citando

Smile hola,
No quisiera ser desagradable pero si reconoce Ud. que esta ocupando todo un bajo que es más que cualquier cuota restante ha de concienzarse que ha de abonar de acuerdo a cuota de participacion y esta viene determinada en el registro propiedad que es publico.
Mire Ud. lo que no puede ser es disfrutar de una cuota de superficie muchisimo mayor que las restantes a la cual presupongo Ud. le dara un buen uso disfrute y no quere abonar por ello. Es decir querer pagar como la cuota mas pequeña cuando el disfrute es incalculablemente mayor. Sea objetivo.
Pienso que si no consta en estatutos que Ud. pague como una superficie menor aunque disfrute de una mayor entiendo poco hay que hacer. Lo maximo quizas es negociar con la comunidad y si es posible llegar a un entendimiento. Pero los elementos comunes vienen determinados en el art. 396 C.civil castellano y Ud. era libre antes de comprar dicha propiedad de consultar el registro propiedad publico y hablar con los vecinos para verificar si en estaturos- suponiendo que los haya que en muchisimos casos no los hay- si existia clausulas especiales para los bajos y analizar si le interesaba o no.
Quejarse a posteriori pero disfrutarlo no me parece razonable. Por ello antes de comprar ninguna propiedad no solo hay que mirar si es enorme; si tiene luz y suministros y buena ubicacion sino otros aspectos.
Espero no encuentre muy desagradable la verdad. Puedo asegurarle que no es mi intencion molestarle pero opciones tenia antes y aun ahora in extremis negocie con la comunidad. Pero quejarse no.
Opalagata.
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