Fuertepeje Usuario avanzado

Registrado: 30 Ene 2007 Mensajes: 37
|
|
|
Publicado: Mie Feb 02, 2011 10:34 pm Asunto: ¿Derrama para pagar costas procesales? |
|
|
Hola, quiero exponer un caso y les pido ayuda para encontrar la solución.
En 2008 compré una plaza de garaje. En el 2010 me enteré a través de una convocatoria que la comunidad había demandado al promotor por un asunto de unos cerramientos incompletos de unos locales entregados que son privados y que están en el mismo edificio.
En estos días me ha llegado una convocatoria para tratar el tema de la demanda. Se dice en ella que la comunidad perdió el juicio y que debemos aprobar una derrama para pagar las costas.
Mis preguntas:
*-Me implicaría el pago de la parte proporcional de la derrama?
*-Me afecta el acuerdo (demandar al promotor) que en su día no participé y que desconocía hasta dos años después de comprar?
*-Si el asunto nace en unos locales privativos, no deberían ser sus propietarios y los vecinos que acordaron demandar quienes paguen las costas.
*-Veis alguna brecha por donde sortear el tema?
La verdad que no me hace gracia pagar por una decisión de un tema que estaba acordado con anterioridad de mi llegada a la finca.
Espero vuestros puntos de vistas.
Gracias |
|
santienda Principiante

Registrado: 20 Nov 2010 Mensajes: 17
|
|
|
Publicado: Dom Abr 17, 2011 1:06 pm Asunto: |
|
|
buenas tardes:
en la primera y segunda pregunta, aunque no hayas participado en su momento en el proceso, si la mayoria acordo en su momento realizar dicha gestion, cuando se adquiere una vivienda, o elemento de inversin inmobiliario, se adquiere con sus derechos y obligaciones y por tanto has de contribuir en base a la cuota de participacion o en su defecto por cualquier otro acuerdo posterior.
sobre el tema de los locales, posiblemente esos cerramientos tambien formen parte de la estructura del edificio y por tanto toda la junta de propietarios es la responsable de que se solucione, pero con la poca informacion que ofreces intuyo que asi es.
si todo esto se ha realizado segun la LPH o CCC (cataluña), y se ha adoptado la decision, si el juez ha determinado por el motivo que sea desestimar, la comunidad ha de hacerse cargo de las costas, y cuando nos referimos a la comunidad se refiere a todos.
la unica laguna que existe es si soys comunidad unica (viviendas + locales + parkings), o si estais como varias comunidades, porque en caso que los parkings sean comunidad aparte, entonces no entrarian en ese grupo de reparto porrque no afectaria segun mi entender. no obstante si se diera el caso , aconsejo una visita a un abogado de la zona.
si necesitas mas informacion estamos a vuestra disposicion.
espero haber ayudado. _________________ GESTOR DE COMUNIDADES
¿necesita sanear su comunidad?
¿esta cansado de los impagos?
¿quiere transparencia en la gestion?
LLAMENOS i le solucionamos estos y otros problemas
SUSA Servei i Gestio
www.susagestio.es
info@susagestio.es |
|