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¿Modificación sistema de reparto?

 
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Autor Mensaje
Ayla
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Registrado: 13 Ene 2011
Mensajes: 7

MensajePublicado: Mie Mar 02, 2011 7:36 pm    Asunto: ¿Modificación sistema de reparto? Responder citando

Buenas tardes a tod@s,
Mi pregunta es la siguiente: Se trata de una comunidad de nueva constitución, tengo la escritura de división horizontal, en la que, a parte de asignar un coeficiente a cada vivienda, al tratarse de complejo inmobiliario, como anexo vienen adjuntadas varias tablas con distintos coeficientes de las distintas comunidades que componen la mancomunidad.
Asimismo, en la escritura de división horizontal ya indican a qué gastos tiene que hacer frente cada comunidad dentro del complejo, incluso indica que cada comunidad particular tendrá sus propios órganos de administración y gobierno, Junta de Propietarios, etc.
Varias preguntas:
1.- ¿se puede modificar el sistema de reparto de gastos que establece la división horizontal? Yo entiendo que podría modificarse sólo por unanimidad, pero no lo tengo claro...
2.- El hecho de que la división horizontal indique que cada comunidad particular tendrá sus propios órganos de administración y juntas de propietarios, ¿no se puede cambiar para hacer una única Junta y no tener que ir 6 veces allí? ¿Cómo presupuesto mis honorarios a la Comunidad sabiendo ésto?
Muchas gracias. Espero vuestras respuestas.

Un saludo.
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ADMINISTRADOR DE FINCAS
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Registrado: 03 Dic 2010
Mensajes: 124
Ubicación: MADRID

MensajePublicado: Mie Mar 02, 2011 9:22 pm    Asunto: Responder citando

1- Correcto solo se puede modificar con unanimidad
2-Al ser mancomunidad cada comunidad es independiente y los presidentes o en las condiciones que se establezcan en escrituras y estatutos se reuniran para las zonas comunes a las comunidades que la conforman.
Un saludo
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santienda
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Registrado: 20 Nov 2010
Mensajes: 17

MensajePublicado: Jue Mar 03, 2011 1:10 am    Asunto: Responder citando

ADMINISTRADOR DE FINCAS escribió:
1- Correcto solo se puede modificar con unanimidad
2-Al ser mancomunidad cada comunidad es independiente y los presidentes o en las condiciones que se establezcan en escrituras y estatutos se reuniran para las zonas comunes a las comunidades que la conforman.
Un saludo


buenas tardes,

yo añadiria que para facilitar si hay intencion de cambiar todo el proceso de organos de comunidad y mancomunidad, que realicen las 6 comunidades reuniones independientes aprobando por UNANIMIDAD esta proposicion de cambio a un unico gobierno, y acto seguido se reunan los responsables de cada comunidad para votar conjuntamente el cambio, y posteriormente poder realizar los tramites de union.

aclarar que aunque se hagan todos estos tramites, no exime en principio a realizar los grupos de reparto de igual forma en que se venian haciendo, y no esta de mas hacer constar que se mantendran, dando fe que el promotor que ha entregado las nuevas viviendas ha tenido en cuenta todos los factores posibles de reparto equitativo y por lo tanto seran totalmente correctos, y se pueden aprovechar para continuar con el rodaje de la nueva comunidad unica.

recuerden que han de legalizar esta nueva comunidad y unificarla, nombrando nuevos cargos, registrando correctamente, etc......

reciban un saludo
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santienda
Principiante
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Registrado: 20 Nov 2010
Mensajes: 17

MensajePublicado: Jue Mar 03, 2011 1:17 am    Asunto: Re: ¿Modificación sistema de reparto? Responder citando

Ayla escribió:
Buenas tardes a tod@s,
Mi pregunta es la siguiente: Se trata de una comunidad de nueva constitución, tengo la escritura de división horizontal, en la que, a parte de asignar un coeficiente a cada vivienda, al tratarse de complejo inmobiliario, como anexo vienen adjuntadas varias tablas con distintos coeficientes de las distintas comunidades que componen la mancomunidad.
Asimismo, en la escritura de división horizontal ya indican a qué gastos tiene que hacer frente cada comunidad dentro del complejo, incluso indica que cada comunidad particular tendrá sus propios órganos de administración y gobierno, Junta de Propietarios, etc.
Varias preguntas:
1.- ¿se puede modificar el sistema de reparto de gastos que establece la división horizontal? Yo entiendo que podría modificarse sólo por unanimidad, pero no lo tengo claro...
2.- El hecho de que la división horizontal indique que cada comunidad particular tendrá sus propios órganos de administración y juntas de propietarios, ¿no se puede cambiar para hacer una única Junta y no tener que ir 6 veces allí? ¿Cómo presupuesto mis honorarios a la Comunidad sabiendo ésto?
Muchas gracias. Espero vuestras respuestas.

Un saludo.


estimado compañero AYLA, las anteriores cuestiones han sido abordadas entre ADMINISTRADOR Y NOSOTROS, y tansolo quedaria el tema de honorarios, entiendo que si habla de prestacion de servicios es usted el administrador???, porque si es un presidente no puede desempeñar el cargo onerosamente, salvo que lo realice como profesional y haga la correspondiente factura y tenga ademas como minimo un seguro de responsabilidad civil que le respalde ante cualquier imprevisto profesional.

sobre el tema de honorarios, no me atrevo a decir forma de calculo, pero ha de tener en cuenta numero de vecinos, servicios externos, porterias de acceso, parkins, etc...... y el precio lo marca usted segun el trabajo que crea que le va a llevar.

si tiene cualquier duda y se encuentra en nuestra influencia geografica no dude en ponerse en contacto con nosotros y le ayudaremos a realizar los tramites necesarios.

reciban un saludo
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Ayla
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Registrado: 13 Ene 2011
Mensajes: 7

MensajePublicado: Jue Mar 03, 2011 10:00 am    Asunto: Muchas gracias, y alguna duda más... Responder citando

En primer lugar, muchas gracias por vuestras respuestas.
Respecto del tema de honorarios, yo soy administradora, lo que pasa es que estoy empezando a ejercer con esta comunidad. Vamos, que todavía no he empezado a rodar, por eso me lío un poco con el tema. Sé que los honorarios se fijan según nº de vecinos, servicios, etc., pero, al ser varias comunidades dentro de una mancomunidad, no sé bien cómo hacerlo.
Puesto que todavía no se ha puesto en marcha la comunidad, mi primera pregunta es, a la hora de darla de alta en hacienda y obtener el cif y el libro de actas, ¿tendré que hacerlo una vez por cada comunidad? (una por bloque, otra sólo por el conjunto de viviendas, otra por garajes, y otra de la mancomunidad) (que es como viene en la escritura de división horizontal).
Gracias, de nuevo.
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