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Mensaje |
marcelo Principiante

Registrado: 20 Ene 2010 Mensajes: 9
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Publicado: Lun Ene 17, 2011 8:57 am Asunto: Poder del Presidente |
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| Un Presidente de Comunidad puede retrasar La Junta Ordinaria puede retrasar dicha Junta (anual) hasta tres meses sin causa juntificada. |
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ADMINISTRADOR DE FINCAS Experto

Registrado: 03 Dic 2010 Mensajes: 124 Ubicación: MADRID
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Publicado: Lun Ene 17, 2011 10:45 am Asunto: |
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La duración del presidente es anual y lo normal es que al finalizar su mandato presente las cuentas y se nombre otro presidente o vuelva a salir él. _________________ Ser presidente no deberia ser una carga, nuestro trabajo es su descanso
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914254481/626764724 |
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comunero Experto


Registrado: 31 Ene 2007 Mensajes: 2150
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Publicado: Lun Ene 17, 2011 1:29 pm Asunto: |
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Un presidente puede no convocar juntas, si así lo desea y contra eso solo cabe la unión de un 25% de propietarios o coeficientes y obligarle a que haga junta o hacerla sin su convencimiento.
Si creen que tarda más de lo que debe, deben reunir firmas y exigirles que convoque junta o en su defecto lo harán ustedes como así dice la ley. _________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías. |
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