Admicove.com :: Ver tema - Presidente novato
Foros de discusión Admicove.com
El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.

 
 FAQFAQ   BuscarBuscar   MiembrosMiembros   Grupos de UsuariosGrupos de Usuarios   RegistrarseRegistrarse 
 PerfilPerfil   Entre para ver sus mensajes privadosEntre para ver sus mensajes privados   LoginLogin   BuscarGuía de Servicios
BuscarPresupuestos Reformas

Presidente novato

 
Publicar nuevo tema   Responder al tema    Foros de discusión -> Juntas de propietarios
Ver tema anterior :: Ver tema siguiente  
Autor Mensaje
toexcar
Principiante
Principiante


Registrado: 18 Feb 2011
Mensajes: 11

MensajePublicado: Vie May 06, 2011 10:26 pm    Asunto: Presidente novato Responder citando

Hola buenas noches: Como quiera si no estoy equivocado, cuando se celebra una junta bien sea ordinaria o extraordinaria el presidente tiene la obligación de mandar a cada uno de los propietarios una copia de la misma obviamente independientemente de que se anote en el libro de actas ¿ cuanto tiempo ha de pasar para que aquellos propietarios que no hayan asistido a la junta puedan expresar sus desacuerdos a la misma? ¿ que porcentaje se considera mayoria absoluta para llevar a acuerdo lo que se ha propuesto en una junta?¿ las copias de las actas hay que mandarlas por correo certificado ó sirve simplemente con que se introduzca en el buzón de cada uno de los propietarios como una nota informativa? gracias siempre.
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado
comunero
Experto
Experto


Registrado: 31 Ene 2007
Mensajes: 2150

MensajePublicado: Sab May 07, 2011 10:42 am    Asunto: Responder citando

Así es, los acuerdos recogidos en actas hay que notificarlos a todos los propietarios, lo que pasa es que no hay una fecha límite para hacerlo, pero lo lógico es que se haga cuanto antes porque puede afectar a los acuerdos y a los propietarios y éstos tienen que poder defender sus intereses.

Los que no asisten a la junta, están diciendo que estarán de acuerdo con lo aprobado en junta, salvo casos especiales así que si no pueden acudir, siempre pueden delegar en alguien para que su voto sea tenido en cuenta. No vale desentenderse y prestar atención a su antojo, "o ... dentro o ... fuera" que dirían algunos.

Dependiendo el tipo de acuerdo se necesita una mayoría distinta, algo que está reflejado en el art.17 de la ley de propiedad horizontal.

Lo normal es buzonear las copias, pero en casos que se estime conveniente se pueden certificar o lo que prefieran para asegurar su recepción, algo que nunca se puede hacer al 100%
_________________

La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado
ADMINISTRADOR DE FINCAS
Experto
Experto


Registrado: 03 Dic 2010
Mensajes: 124
Ubicación: MADRID

MensajePublicado: Dom May 08, 2011 8:13 am    Asunto: Responder citando

La ley establece que el acta hay que inscribirla en el libro de actas antes de 10 días desde que se hizo la junta en virtud del art. 19.3 LPH en cambio no se regula nada del envio del acta pero como le han comentado deberia ser a la mayor brevedad.
En cuanto a la comunicación del acta seria valido buzonearlos pero deberia tambien pegar una copia en tablon de anuncios o sitio visible por todos los vecinos, como portal, ascensor...
Hay que ver si algun propietario no vive en la comunidad y ha notificado un domiciliio distinto de comunicaciones al secretario en cuyo caso habria que mandarselo.
En cuanto al quorum necesario de los acuerdos varia en función del asunto a tratar, solo en el caso de acuerdos establecidos en el art. 17.1 LPH se podrian oponer los ausentes en el plazo de 30 días y contaria su voto en contra.
En el resto de los acuerdos no pueden oponerse y deben asumir lo que acordo la mayoria o impugnar.

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html
Mucha suerte y buen fin de semana
_________________
Ser presidente no deberia ser una carga, nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
comercial@optimizo.es
914254481/626764724
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Visitar sitio web del autor
comunero
Experto
Experto


Registrado: 31 Ene 2007
Mensajes: 2150

MensajePublicado: Dom May 08, 2011 11:23 am    Asunto: Responder citando

Ojito al tablón de anuncio, no se puede jugar con el dado que muchos están siempre anteponiendo sus intereses y la LOPD a otras cuestiones.

Publicar algo en el tablón conlleva respetar la LOPD y la LPH, por lo que hay condicionantes necesarios sino quieren tener problemas. No es tan sencillo como decir, lo coloco y ya está.
_________________

La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado
Mostrar mensajes de anteriores:   
Publicar nuevo tema   Responder al tema    Foros de discusión -> Juntas de propietarios Todas las horas son GMT + 1 Hora
Página 1 de 1

 
Cambiar a:  
Puede publicar nuevos temas en este foro
No puede responder a temas en este foro
No puede editar sus mensajes en este foro
No puede borrar sus mensajes en este foro
No puede votar en encuestas en este foro


Powered by phpBB © 2001, 2005 phpBB Group