vivirenti Principiante

Registrado: 05 Dic 2009 Mensajes: 14
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Publicado: Lun Mar 08, 2010 2:29 pm Asunto: ¿QUIEN LLEVA RAZÓN? |
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En los estatutos de mi Comunidad viene establecido que en los cincos cargos que hay, dos se eligen en los años pares y tres en los impares.El Presidente y el Vicepresidente II se eligen en los pares, es decir este año tenemos elecciones.Y el Vicepresidente I,III y el secretario el año proximo.
Yo soy vicepresidenta I desde el año pasado y este año quiero presentarme a presidenta.He expuesto en el orden del dia mi intención de hacerlo y en el caso de salir elegida tendria que preveerse cubrir la plaza que dejaria.
Pero el presidente actual y el resto de la Junta de Gobierno me dicen que para presentarme a presidenta tengo que renunciar primero a mi cargo.
Esto lo he consultado con un amigo abogado y me ha dicho que no, que por la pecualiaridad de las elecciones que tenemos, no tengo que renunciar al de VicepresidentaI, solo si salgo electa, evidentemente renuncio a ese.
Pero el resto de la Junta de Gobierno se niega en rotundo, me dicen que antes tengo que renunciar para presentarme a presidenta y que ellos tambien lo han consultado.
Ante la oposición de criterios y ante la imposibilidad de consultar a alguien más porque me costaria a mi dinero la consulta, me gustaria que alguien me dijera si en la LPH se prevee este caso o quien tiene razón en este litigio.
Y si no podeis sacarme de mis dudas ¿alguien podria decirme la dirección de un abogado aunque le hiciera la consulta online?
Gracias anticipadas por vuestras respuestas |
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comunero Experto


Registrado: 31 Ene 2007 Mensajes: 2150
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Publicado: Mar Mar 09, 2010 10:38 am Asunto: |
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Si partimos de la base que tienen una manera muy particular de nombrar cargos en su comunidad, no me pueden hacer mención a la LPH, tenga en cuenta que la ley dice que los cargos se harán de forma anual.
En su comunidad, por medio de estatutos o no se que forman han decidido un procedimiento para el nombramiento de cargos y si este no ha sido impungando por algún propietario debe ser el que se lleve a cabo. Para cualquier cambio en relación con esto, debe acordarlo en junta con la mayoría correspondiente. _________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías. |
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