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REGISTRAR ACTAS DE COMUNIDAD

 
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Autor Mensaje
vicuva
Principiante
Principiante


Registrado: 14 Abr 2008
Mensajes: 2

MensajePublicado: Mar Abr 15, 2008 6:57 am    Asunto: REGISTRAR ACTAS DE COMUNIDAD Responder citando

Buenas tardes a tod@s!

Tengo algunas dudas acerca del registro de las actas de reunión de comunidad.

1.-Desde que se celebra una reunión y se cierra el acta, con la firma del presidente y secretario, hasta que se lleva al Registro de la propiedad para validarla ¿existe un tiempo límite?

2.- Una vez registrada a fecha 10-10-07 por ejemplo, una reunión celebrada 15-08-07, ¿es posible insertar y registrar en el libro de actas una reunion celebrada el 15-09-07, anterior a la fecha del ultimo registro?

Espero haberme explicado,
Muchas gracias!!
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comunero
Experto
Experto


Registrado: 31 Ene 2007
Mensajes: 2150

MensajePublicado: Mar Abr 15, 2008 12:44 pm    Asunto: Responder citando

¿Porque llevan a registrar los actas al registro de la propiedad?

El acta se valida con las firmas del presidente y secretario actuales. Finalizada una junta tienen 10 dias para firmar e iniciar el tramite de notificación de la misma a todos los propietarios.

El procedimiento que dices que hacen, no se de donde lo ha sacado.
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