¿CUANDO
SE EXTINGE EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL?. (PAGINA
ANTERIOR)
Por destrucción
del edificio cuando la reconstrucción supere
el 50% del valor de la finca.
Por cambio de propiedad o copropiedad, en el sentido
de que todos los pisos o locales pasen a ser propiedad
de una persona.