Las cargas son los
derechos de un tercero que gravan la propiedad. En
consecuencia, si la finca está hipotecada o
embargada, al comprarla se subroga en la posición
del transferente. Por ello, compre libre de cargas
y más si tiene, a su vez, que hipotecar el
inmueble. Si existe alguna carga caducada o pendiente
de cancelación, inste al transmitente a que
la cancele. En otro caso, le corresponderá
a usted.