El portal de los Administradores de Fincas, Comunidades de Vecinos y Servicios profesionales.
  CONTACTO   QUIENES SOMOS  PUBLICIDAD  INICIO  FAVORITOS   HOME
 
ADMINISTRADORES
usuario
contraseña
ANUNCIANTES
usuario
contraseña
SECCIONES
Información útil
Contratos Tipo
Legislación
Presupuestos
Reportajes
Inmobiliaria
Urgencias 24 horas
Ofertas de Empleo
Demandas de Empleo
Seguros Comunidades
Enlaces de interés
Teléfonos de interés
Foro de opinión
Correo Web
Buscador en tu WEB
Callejero de España
Previsión del Tiempo
Directorio de Empresas
Comparador Teléfono
Comparador Internet
Anúnciese Gratis
Atención Comercial
Ampliar Publicidad
 
EL PISO NO ESTA AL CORRIENTE DE PAGO Y LO COMPRO. (PAGINA ANTERIOR)

Del pago de las cuotas que se deben es responsable no sólo el que era propietario cuando las cuotas vencieron, sino también el comprador de un piso que no está al corriente de su pago, pero, en este caso, la responsabilidad sólo alcanza a la anualidad corriente en el momento de la compra y a la anterior. Más allá, el comprador no es responsable. Naturalmente la Ley no impide que, en el momento de otorgar la escritura, vendedor y comprador pacten descontar del precio de compra las cantidades que se deban a la Comunidad de Propietarios por cuotas atrasadas y no pagadas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Quiénes Somos - Publicidad - Política de Privacidad - Datos Legales - Condiciones Generales

Optimizado para resolución mínima de 800x600 - Admicove.com © Copyright Admicove S.L. 2004
Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial salvo consentimiento expreso.