He aquí una
relación orientativa de los gastos totales
que pagará la persona que solicite el préstamo:
a) Gastos
que se deben pagar por el solo hecho de solicitar
el préstamo, aunque al final se decida no firmar:
Serán básicamente los de tasación
y obtención de información de la finca
en el Registro de la Propiedad. Tienen que venir detallados
en el folleto informativo.
b) Gastos que se pagan cuando se firma la
escritura pública:
-Comisión de apertura: lo
normal es entre el 1 y el 2% de la cantidad que se
presta.
-Impuesto de Asuntos Jurídicos Documentados:
un 0,5% de la cantidad total garantizada, que suele
ser alrededor del doble de lo que efectivamente se
presta.
-Notario: depende del capital garantizado,
y por tanto, de la cantidad que se presta. Como orientación:
Préstamo hipotecario
4.000.000
5.000.000
10.000.000
20.000.000
Honorarios notariales
60.000 ptas
62.000 ptas
72.000 ptas
82.000 ptas
60.000 ptas
62.000 ptas
72.000 ptas
82.000 ptas
-Gestión:
la escritura se debe liquidar del impuesto y presentar
en el Registro de la Propiedad. La tramitación,
normalmente, la va a realizar un gestor elegido por
el Banco, ya que, en otro caso el Banco no entrega
el dinero hasta que se obtenga la inscripción,
lo que puede demorarse hasta dos meses. Conviene enterarse
de cuánto se va a cobrar por esa gestión,
pues las tarifas pueden variar mucho. El cliente no
debe admitir que se le imponga por el Banco una gestoría
que preste un servicio anormalmente caro.
Importante: Estos gastos son exclusivamente
los del préstamo hipotecario. Si al mismo tiempo
se está comprando la vivienda, habrá
que sumar los gastos de compra. Los de notaría
y Registro de la Propiedad serán parecidos
a los de la hipoteca, pero el impuesto (salvo que
se trate de Viviendas de Protección Oficial),
serán del 6% o el 7% del valor de la vivienda
que se compra. : Estos gastos son exclusivamente los
del préstamo hipotecario. Si al mismo tiempo
se está comprando la vivienda, habrá
que sumar los gastos de compra. Los de notaría
y Registro de la Propiedad serán parecidos
a los de la hipoteca, pero el impuesto (salvo que
se trate de Viviendas de Protección Oficial),
serán del 6% o el 7% del valor de la vivienda
que se compra.