15 días hábiles
desde la presentación en el Registro. Puede
prorrogarse hasta 30 días con causa justificada.
En determinadas circunstancias puede prorrogarse hasta
la duración del asiento de presentación
(60 días). Si existe algún defecto u
obstáculo en la documentación presentada,
el Registrador se lo comunicará y le advertirá
de los medios para subsanarlo (infórmese).
No deje caducar el asiento, pierde la prioridad ganada.