INSTALACIÓN DE UNA ANTENA PARABÓLICA EN LA COMUNIDAD

Cuestión:

¿Es necesario el voto favorable de la mayoría para instalar una antena parabólica en la Comunidad?

Contestación:

Para este tipo de acuerdos, basta el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas. Pero, entonces, no se podrá repercutir la cuota parte del gasto en aquellos propietarios que hubiesen votado en contra. Aún así, si los que votaron en contra solicitan tener acceso al servicio, deberán pagar la parte de gasto que les hubiera correspondido actualizada con el interés legal.

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