¿PUEDO INSCRIBIR UN INMUEBLE SI EL QUE LO VENDE NO LO TIENE INSCRITO?

Para transmitir, gravar, modificar o extinguir el dominio o un derecho real sobre bien inmueble debe constatar previamente inscrito ese derecho a favor de la persona que lo otorgue.

Ejemplo: si A tiene inscrito su derecho y vende a B que no lo inscribe, el Registrador denegará la inscripción de B a C porque B no es titular registral.

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