El reparto de los gastos de la calefacción se hace en función de la cuota de cada vecino

Cuestión diferente es que en los Estatutos de la Comunidad se prevea un reparto distinto, siguiendo los criterios de justicia y equidad, en cuyo caso prevalecería sobre lo dispuesto en la ley. O bien, que una vez planteada esta cuestión a la comunidad, la totalidad de los copropietarios acordaran por unanimidad exonerar del pago del gasto de consumo, mantenimiento y reparación de la calefacción bien a aquellos que únicamente acuden en verano y, por tanto, no utilizan el servicio de calefacción, o permitiese la instalación de una calefacción individualizada para las fincas de aquellos que apenas acuden a esta segunda residencia. Otra posibilidad a llegar mediante acuerdo es el reparto en proporción de los elementos que posea cada finca, de forma que aquellos que acudan temporalmente instalen menos elementos y de esta forma paguen una cantidad inferior. Pero, reiteramos que el sistema general de reparto solo se podrá alterar mediante acuerdo unánime de todos los copropietarios, por lo que deberán ustedes comunicar sus propuestas al Presidente de la Comunidad para que éste las incluya en el Orden del día de la siguiente Junta y así poder adoptar el acuerdo propuesto.

Carmen Pelaz. Abogado.

Directora Jurídica de PROMEIN Abogados.

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