Es posible demandar a una comunidad en el caso de que no se realicen unas obras necesarias de mejora

En el mismo sentido, puede citarse por ejemplo la SAP Murcia de 21 de febrero de 2000, EDJ 2000/20055.

Este deber de la comunidad, en cuanto a las obras necesarias, no se limita a reponer el inmueble al «modo y forma en que la obra fue recibida», sino que deberá lograr la total reparación empleando para ello los medios técnicos apropiados (así lo ha puesto de manifiesto la jurisprudencia, por ejemplo, mediante la STSJ Navarra, Sala de lo Civil, de 29 de junio de 1995, EDJ 1995/12114).

Es más, en los supuestos de daños, causados como consecuencia de haber incumplido la comunidad de propietarios su deber de realizar en los elementos comunes las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, el propietario perjudicado podrá reclamar y obtener de aquella la correspondiente indemnización.

En definitiva, es posible demandar judicialmente a la comunidad de propietarios para que efectúe la completa reposición o reparación del problema. Por lo demás, no está obligado a hacer entrega al administrador del informe pericial en cuestión

Deja un comentario

  • (no será publicado)