Este organismo vela por que la información que hace pública sea rigurosa y fiel a la realidad. Tal y como especifica nuestra vigente legislación (artículo 605 del Código Civil y artículo 1 de la Ley Hipotecaria), “el Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles”, lo que significa, como señala el jurista Luis María Diez Picazo, que el Registro es una institución administrativa que tiene por objeto dar publicidad oficial de las situaciones jurídicas relativas a los bienes inmuebles.
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Junta de propietarios: impugnar un acuerdo
La Ley de Propiedad Horizontal prevé cómo se debe formalizar la impugnación, en qué casos tiene cabida y cuál es el plazo. En la mayoría de las ocasiones los acuerdos que se impugnan tienen que ver con la aprobación de obras que implican derramas o nuevos gastos, bien porque se discuta el carácter necesario de tales obras o porque no se está de acuerdo con el proyecto para acometerlas o con su importe.
El SIMA 2007 aumenta su oferta un 38%
MADRID.- La nueva edición del Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA), a celebrar en los recintos feriales de Ifema entre el 29 de mayo y el 2 de junio, ofertará 257.918 viviendas, un 38% más que en 2006. El director del salón, Eloy Bohua, señaló durante el acto de presentación del evento que esta oferta se desglosa en un 30% de primera vivienda, un 53% de segunda residencia y un 17% de vivienda internacional.
El Código Técnico de Edificación (CTE) pasa a ser de obligado cumplimiento
Todos los edificios que se construyan en España deberán cumplir con las exigencias del Código Técnico de la Edificación (CTE). A los puntos sobre Seguridad en caso de Incendio, Seguridad de Utilización y Ahorro de Energía, vigentes desde septiembre, se unen los documentos centrados en la Seguridad Estructural y Salubridad. Aún queda pendiente la aplicación de los apartados sobre la Protección frente al Ruido y de Accesibilidad, en trámites.
Actividades contrarias a los estatutos de la comunidad de propietarios o
Su cese será obligado, por norma general, si el desarrollo de dicha actividad está expresamente prohibido en el texto de los estatutos. El desarrollo de actividades en algún piso o local que estén prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas suele ser un problema habitual en muchas comunidades de vecinos.
SEGUR CONTROL OFRECE ALARMAS DE ÚLTIMA GENERACIÓN CON OFERTAS ESPECÍFICAS PARA ADMINISTRADORES DE FINCAS
La empresa de seguridad Segur Control, perteneciente al Grupo Segur, ofrece a sus clientes alarmas de última generación tecnológica, con ofertas específicas para administradores de fincas y sus asociados. Coincidiendo con el lanzamiento de su nueva web corporativa www.segurcontrol.com, la empresa estrena una profunda renovación de su imagen que está acompañada de unas campañas específicas en medios impresos y digitales del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, Administradores y Comunidades de Vecinos (ADMICOVE), y colegios de Madrid, Valencia, Alicante, Barcelona Gerona y Murcia.
Certificado sobre el estado de deudas con la comunidad de propietarios
Salvo que el comprador le exonere de esta obligación, el vendedor deberá aportarlo en toda compraventa de inmuebles.
El artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal establece en su párrafo cuarto que “en el instrumento público (escritura pública) mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude”.
Es posible demandar a una comunidad en el caso de que no se realicen unas obras necesarias de mejora
La comunidad de propietarios de cualquier edificio sometido al régimen de Propiedad Horizontal, está obligada a tomar las medidas necesarias para que las instalaciones o servicios del inmueble reúnan las debidas condiciones de estructura, estanqueidad, habitabilidad y seguridad, no sólo cuando tales deficiencias se hayan producido, sino incluso desde que sea técnicamente previsible que lleguen a presentarse (artículo 10.1 LPH).
La atribución de un elemento común da lugar a su utilización privada
La atribución a alguno de los copropietarios de las facultades de usar y disfrutar con exclusividad de un elemento común, da lugar al denominado uso privado o privativo de elementos o servicios comunes (así, lo ha reconocido la jurisprudencia en numerosas sentencias, como la SAP Cádiz de 4 de febrero de 2000, EDJ 2000/4495).
El reparto de los gastos de la calefacción se hace en función de la cuota de cada vecino
Cuando los Estatutos de la Comunidad de Propietarios no disponen otra cosa, todos los propietarios deben contribuir al sostenimiento de los elementos y servicios comunes del inmueble, y tanto la calefacción como el servicio del agua caliente ostentan esa condición.
El reparto de estos gastos, como regla general y para el caso de que los Estatutos de la Comunidad no contemplen un reparto diferente, se hará en función de la cuota de participación que cada vecino posea en la finca.